MODIFICACIÓN a las Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de CFE y empresas subsidiarias

Publicado en el DOF 18 agosto 2023

8/18/20232 min read

Al margen un logotipo, que dice: Comisión Federal de Electricidad.

MODIFICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES GENERALES EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD Y SUS EMPRESAS PRODUCTIVAS SUBSIDIARIAS.

El Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad, mediante Acuerdo CA-063/2023 de la Sesión 56 ordinaria del 13 de julio de 2023, aprobó la siguiente modificación a las "Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias":

Único.- Se modifica la disposición 1, párrafo segundo, para quedar como sigue:

Disposición 1.- Ámbito de aplicación

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Las contrataciones que realice la Comisión Federal de Electricidad con sus Empresas Productivas Subsidiarias y/o Empresas Filiales, las que realicen estas Empresas entre sí, así como las que realicen la Comisión Federal de Electricidad y/o sus Empresas Productivas Subsidiarias y/o Empresas Filiales con los entes públicos que realicen funciones de investigación, sectorizados a la Secretaría de Energía, y cuando se trate de contrataciones de bienes, servicios y obras relativas a la operación de instalaciones nucleares, no estarán sujetas a las presentes Disposiciones Generales, por lo que se regirán por el derecho común; observando, en su caso, las políticas y procedimientos que, con fundamento en lo dispuesto en la fracción XXVII del artículo 12 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, emita el Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad.

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TRANSITORIO

Único. La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

En la Ciudad de México, al día dieciocho de julio de dos mil veintitrés.- El Prosecretario del Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad, Dr. Raúl Armando Jiménez Vázquez, con fundamento en la regla Sexta, fracción III, de las Reglas de Operación y Funcionamiento del Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad.- Rúbrica.

Fuente: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5699185&fecha=18/08/2023#gsc.tab=0